martes, 30 de abril de 2019

PAD/2019


COMUNICADO Nº  116/19

Fecha
30/04/2019
Nivel/Modalidad
 Todos los Niveles
Emite:
Secretaria de Asuntos Docentes de BRANDSEN
Destino:
Docentes Titulares (Incluidos Interinos 2017 , Directivos, Gremios.
Objeto:
PAD /2019  - Comunicar periodo de reclamo ,
 2 de mayo a 16 de mayo de 2019 – Ver documento de descarga:
Formulario de Reclamo docente 2019-
 Formulario Planilla  Resumen por Establecimiento de reclamo PAD/ 2019  Formulario 354- certifica   antigüedad y calificación

Todos los docentes titulares de las Instituciones Educativas de Gestión Estatal de la Provincia de Buenos Aires, designados hasta el ciclo lectivo 2017 (incluidos también los titulares interinos del año mencionado) .
Docentes Reincorporados al Sistema: Se confeccionará su PAD al año siguiente de la reincorporación.
Dado que deben analizarse los antecedentes del docente y desempeños, deberá la SAD solicitar la confección de dicho PAD al Departamento de Puntaje Docente, así como también, enviar documentación que este Departamento le requiera.
DOCUMENTACIÓN A ANEXAR 1.
De acuerdo al ítem reclamado:
a. Título Habilitante (LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. A.1 y Artículo 60 inciso A) Fotocopia autenticada del título (anverso y reverso) en el cual conste claramente la fecha de registro en la DGCE.
 Para el PAD 2019 sólo se consideran títulos registrados hasta el 30-9-2018.
b. Títulos y cursos Bonificantes (LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. A. 2 y 3; y Artículo 60 inciso H) Se consideran “Bonificantes” a los cursos y a aquellos títulos que no hayan sido utilizados como habilitante para el cargo en el que se reclama. Se acreditan mediante fotocopias autenticadas (anverso y reverso) en las cuales conste claramente la fecha de registro en la DGCE. Para el PAD 2019 solo se consideran las constancias registradas hasta el 30-9-2018
c. Cargo Jerárquico (LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. A. 4) Se deberá acreditar el desempeño en cargo jerárquico mediante copias autenticadas de las disposiciones pertinentes, (inicio y limitación).
IMPORTANTE: Sólo se asigna valor por desempeño en ciclo lectivo completo de cargo jerárquico (De cualquier fecha de marzo a cualquier fecha de diciembre) Para el PAD 2019 se considera el desempeño jerárquico hasta el 31-12-2018. Se valora el desempeño en la Dirección de Enseñanza respectiva y hasta un máximo de 10 años.
 d. Antigüedad para puntaje (LEY 10579 y su Reglamentación, Artículo 50 inc. B y Artículo 53; y Resoluciones 11791/99, 4607/98 y 1277/99) Los servicios suplentes y/o provisionales desempeñados en establecimientos de Gestión Estatal de la Provincia de Buenos Aires, se acreditan mediante la presentación del Formulario 354 (disponible en www.abc.gov.ar link Puntaje Anual Docente, del SERVADO) en el cual conste el desempeño docente año por año e institución educativa, avalado por autoridad competente. El desempeño docente de la DIPREGEP se debe acreditar mediante formulario CEC 15, homologado por la DIEGEP (Fotocopia autenticada)
En la antigüedad para puntaje sólo se considera desempeño docente en el mismo cargo, por lo tanto, los servicios que conforman la antigüedad para puntaje de un cargo, NO pueden ser utilizados en la composición de la antigüedad para el puntaje de un SEGUNDO CARGO.
e) Promedio de calificaciones: (LEY 10579 y su Reglamentación, articulo 50 inc C) Para el PAD 2019 se promedian todas las calificaciones obtenidas como titular en el cargo hasta la calificación 2017 inclusive (dos años anteriores al corriente PAD). Quienes reclamen dicho ítem deberán adjuntar copias autenticadas de la planilla resumen de calificación anual docente de la escuela o set 4, de los años que corresponda.
Los docentes que soliciten ser incorporados en el listado de PAD 2019 además de la documentación requerida en los puntos anteriores adjuntarán: Copia o número de la RESOLUCIÓN de la confirmación y destino definitivo como Titular, y /o acrecentamiento, o en su defecto la copia o número de RESOLUCIÓN de Designación como titular interino, o copia autenticada del acta de designación de titular interino labrada oportunamente por la Secretaría de Asuntos Docentes.

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