Ante la proximidad  dela docencia  2016 se deberá
tener presente que:
1)    la
  fecha  dela disposición  N
2)    las
vacantes por consecuencia se tendrán en cuenta a los efectos de la ampliación  de
3)    el
cupo establecido para el ingreso en el marco de las prescripciones establecidas
en el artículo 55.I último párrafo de la
 ley  10579 y su reglamentación, es del  70
% de las vacantes calaculadas a la fecha  de
4)    las
exclusiones determinadas en el anexo 2 de la disposición  n
ejemplos
para proceder ante casos puntuales
distritos
con 1 sola vacante           no se utiliza
para ingreso
distritos
con 2 vacantes                  se utiliza
1 para ingreso
distritos
con 3 vacantes                  se
utilizan 2 para ingreso
distritos
con 4 vacantes                  se
utilizan 3 para ingreso
Asimismo se recuerda que, en el marco de lo establecido en el artículo
59º  b.4 d ela ley 10579 y su
reglamentación, en caso de horas catedra, el ingreso se realizará con no menos
de doce (12) ni más de dieciocho (18) horas semanales y/o módulos que
correspondan, salvo que las horas catedra y/o módulos vacantes en el distrito
no permitan ingresar con el mínimo establecido o que el docente incurra en
situación de incompatibilidad en las horas cátedra en las que
correspondería  el ingreso.
las presentes consideraciones han  sido acordadas en mesa de co gestión docente del 18 de noviembre.
Prof. María Palermo Prof. Bibiana Giusso
Prof. María Palermo Prof. Bibiana Giusso
         Directora                                                                           
Directora                                
Dirección
de Gestión                                                          Dirección de Tribunales 
       de Asuntos Docentes                                                                   de Clasificacion 
 
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