lunes, 9 de julio de 2018

VACANTES TENTATIVAS DE EDUCACION PRIMARIA

VACANTES – NIVEL PRIMARIO – MAD 2018/2019

D
VD
MS
BI
MG
AI
P
P
P
P
TI
P
TI
P
EP 1
-
1
-
-
4
1
10
2
EP 2 JC
1
-
-
-
-
-
-
2
EP 3
1
1
1
-
-
-
-
-
EP 4 JC
     -
        -
      -
     -
      -
1
     -
       -
EP 5
-
-
-
-
-
-
-
-
EP 6
1
-
-
-
-
-
2
-
EP 7
-
-
-
-
-
-
2
4
EP 8
1
1
-
1
1
-
-
8
EP 9
1
-
-
-
-
-
-
-
EP 10
1
1
-
-
2
9
2
-
EP 11
-
-
-
-
-
-
-
-
EP 13
1
-
-
-
2
1
-
2
EP 14
1
-
-
-
1
1
-
-
EP 16
1
-
1
-
1
1
2
-
EP 17
1
-
1
-
1
1
6
-
EP 18 JC
-
-
-
-
-
-
-
4
EP 19
1
-
-
1
1
1
-
-
EP 20
-
-
-
-
1
-
-

  Actualizar 10/07/2018 : 
Escuela N° 20  Cargo MG  Renuncia  Perez, Pamela   
                                             
 Escuela N°  14   Cargo   MG   Jubilación PERNIGOTTI , Mónica 31-05-2018


EDUCACION PRIMARIA: - Los docentes que solicitaren MAD a escuelas de Jornada Completa (Doble Escolaridad, Eje y/o Jornada Completa), deberán consignar en la solicitud de inscripción su aceptación a la carga horaria total del Establecimiento solicitado, constituyendo un requisito indispensable para el análisis y tratamiento del MAD
- Los docentes que revisten en módulos y aspiran trasladarse a cargo, deberán ofrecer 12 módulos. - Los docentes que aspiren trasladar módulos a Educación Secundaria deberán tener en cuenta que 12 módulos de Primaria equivalen a 10 módulos de Secundaria y viceversa.
- Considerando que, en los alcances del Artículo 80º de la Ley 10579 y su Reglamentación, los docentes de las Modalidades de Educación Artística, Educación Física y Psicología Comunitaria y Pedagogía Social tienen derecho a los ascensos establecidos en el Capítulo XIV de la norma legal aludida, las vacantes en cargos jerárquicos de Escuelas de Educación Primaria de Tercera Categoría con grado a cargo, podrán ser cubiertas en los supuestos del Art. 55 inciso II de la Ley 10579, sólo por personal que posea título docente de Profesor de Educación Primaria o denominación equivalente, debiendo adjuntar el título correspondiente. - 
Los docentes que hubiesen accedido a cargo directivo por titularización masiva, deberán presentar constancia del acto resolutivo pertinente. 

No hay comentarios: