SECRETARIA DE ASUNTOS DOCENTES DE
BRANDSEN
COMUNICADO
N° 96/17
Destinatario:
Equipos de Conducción, Docentes Titulares y Gremios
SAD BRANDSEN solicita
proceder a la notificación fehaciente a los docentes TITULARES de su
establecimiento.
Acción Estatutaria
: Movimiento Anual Docente (MAD) 2017/2018
Marco Normativo: Disposición
N° 550/2010 de la Dirección de Tribunales de
Clasificación se determina la competencia de la Comisión Distrital de MAD, las
Secretarías de Asuntos Docentes, de los Tribunales de Clasificación Centrales y
Descentralizados para las acciones estatutarias de traslado por Movimiento
Anual Docente y Acrecentamiento.
Disposición 32/17 : Establece las pautas operativas
para el Movimiento Anual Docente y
Acrecentamiento.
Anexo 1. Cronograma
Fecha
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ACCIONES
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31/07/2017
al
9/08/2017
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Difusión
e inscripción de solicitudes de MAD y Acrecentamiento
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10/08/17
al
16/08/17
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Marcado de razones, anulaciones,
análisis de requisitos de los aspirantes por las Comisiones Distritales,
Análisis de Documentación de Acrecentamiento. Clasificación de grupos
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17/08/2017
al
22/08/2017
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Remisión a los Tribunales Descentralizado
N° 1 de toda la documentación y los MAD de Personal jerárquicos al Nivel
Central.
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Hasta 72 Hs antes del 23/08
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Remisión a los Tribunales de
Clasificación Descentralizados de las renuncias a las solicitudes de MAD
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23/08/2017
al
01/09/17
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Inicio de Tratamiento de MAD 1°
Vuelta (artículo 55 I de todos los
incisos)
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23/08/17
Al
01/09/2017
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Inicio de Tratamiento de MAD-
1° Vuelta
cargos jerárquicos SAD, IE. SJ
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04/09/17
al
15/09/17
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Tratamiento de 2° Vuelta (art. 55
inciso I todos los incisos)
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04/09/17
al
15/09/17
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Tratamiento de MAD 2° Vuelta cargos jerárquicos SAD, IE. SJ
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18/09/17
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Remisión del resultado del tratamiento
de MAD (Art. 55 I todos los incisos) a las Secretarias de Asuntos Docentes (incluido
el Nivel Superior )
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18/09/17
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Remisión del resultado del tratamiento
de MAD (Art. 55 I todos los incisos) a las Secretarias de Asuntos
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18/09/17
al
29/09/17
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Exhibición de Listados y Notificación
del resultado del tratamiento del MAD –efectuado en los Tribunales Descentralizados
y en el Nivel Central-
Recepción
de reclamos
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02/10/2017
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Remisión de reclamos de MAD a los TD y
Tribunales de Clasificación del Nivel Central
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02/10/2017
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Recepción de renuncias al MAD otorgado
y remisión a los Tribunales de Clasificación Descentralizado y/o Tribunales
de Clasificación del Nivel Central
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03/10
al
13/10/2017
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Tratamiento de reclamos en instancia de
revocatoria y renuncias al MAD de lo actuados en los Tribunales
Descentralizados
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03/10
al
13/10/2017
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Tratamiento de reclamos en instancia de
revocatoria y renuncias al MAD de lo actuados en los Tribunales de
clasificación del Nivel Central
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16/10/17
al
18/10/17
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Notificación de respuesta otorgada por
los Tribunales de Clasificación descentralizados en instancia de revocatoria
y resultado del tratamiento de renuncias al MAD
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16/10/17
al
18/10/17
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Notificación de respuesta otorgada por
los Tribunales de Clasificación del
Nivel Central en instancia de revocatoria a los recursos
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19/10/17
al
24/10/2017
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Remisión de reclamos de MAD y de
renuncias para resolver en instancia jerárquica por el Tribunal de Clasificación del Nivel Central
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25/10
al
31/10
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Tratamiento de recursos en el Tribunal
de Clasificación del Nivel Central en instancia jerárquica
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A partir
del 1/11
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Notificación de respuesta de reclamos
en instancia jerárquica de MAD y renuncias.
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1/11
al
10/11
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ACRECENTAMIENTO (Tratamiento)
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13/11/17
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Remisión del resultado del
Acrecentamiento a las Secretarias de Asuntos Docentes para notificación
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14/11
al
21/11
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Notificación del resultado del
acrecentamiento .recepción de reclamos y renuncias al acrecentamiento.
Remisión de lo actuados a los Tribunales de Clasificación descentralizado
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A partir
del 22/11
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Tratamiento de reclamos y renuncias al
acrecentamiento
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23/11
al
07/12
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Notificación de respuesta a reclamos de
acrecentamiento y resultado de tratamiento de las renuncias
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A partir
11/12
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Respuesta en instancia jerárquica a
reclamos de acrecentamiento
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Anexo 2: Exclusiones que no podrán utilizarse para el MAD
2017/2018
Anexo 3: Pautas ampliatorias de la Disposiciones N° 550/10
Formularios que
deberán presentar los establecimientos por triplicado en esta Sede ;:
el 9 -08- 2017
Nivel Inicial :Primaria . Adultos- Especial – Psicología –
Educación Física – Educación Artística
10-08-2017. Nivel
Secundario -Técnico Profesional –
Secundaria Adultos
*Labrar ACTA con el presente Comunicado (enviar una copia)
*Planilla Resumen de MAD
separado por Niveles y Modalidades.(por triplicado)
*Solicitudes de los docentes cada una en un folio y
separadas por Nivel y/o Modalidad Todo en un sobre
*Resumen de ACRECENTAMIENTO
(por triplicado)
*Solicitudes de acrecentamiento separadas por Nivel y/o
Modalidad
Formulario para el
docente que se presentara en periodo de inscripción, según cargos, módulos y/o
Hs cátedras, cargos jerárquicos que
desee trasladar
Anexo 4- Solicitud de MAD. -CARGOS
Anexo 5- Solicitud de MAD. –Hs/cátedras y/o Módulos
Anexo 6- Reincorporaciones.
Anexo 7- Solicitud de Promoción a
cargos Jerárquicos - Inspectores
Anexo 8- Solicitud de Promoción a
cargos Jerárquicos – Directores y Secretarios.
Anexo 9. Solicitud de
ACRECENTAMIENTO.
Planilla de uso exclusivo para
docentes que soliciten MAD 2017-2018 y AH en el mismo Año.
Consideraciones generales:
*Las Planillas de solicitud
revisten carácter de DECLARACION JURADA.
En consecuencia no se aceptaran modificaciones al pedido original.
En cada planilla el docente deberá
consignar si solicita CON RAZONES o SIN
RAZONES, adjuntar Nota firmada y probanzas para su correcto análisis y habilitar
su admisibilidad.
El docente tendrá la
responsabilidad y obligación de cumplimentar en dicha planilla los datos que
se requieran.
DEL DESTINO DE LAS VACANTES
ARTICULO 55°: (Texto según Ley 10614) A los efectos del movimiento docente las
vacantes se distribuirán de acuerdo con los porcentajes y orden preferencial
que a continuación se indican:
I.- Vacantes en cargos de
base y horas-cátedra.
El cincuenta (50) por
ciento se destinará para:
a) Traslados por razones
de unidad familiar y de salud dentro del Distrito.
b) Traslados para
concentración de tareas dentro del Distrito.
c)
Traslados no comprendidos en los incisos a) y b) dentro del Distrito.
d)
Traslados provenientes de otros Distritos en orden fijado en a), b) y c).
e)
Cambios de cargos de base dentro de la rama u organismo, respetando la
prioridad de los docentes del Distrito y el orden fijado en a), b) y c).
f)
Cambio de escalafón, respetando las prioridades fijadas anteriormente.
g)
Reincorporaciones.
*Determinar que las vacantes
afectadas al MAD y Acrecentamiento sobre las cuales se calculara el
porcentaje fijado por la normativa, serán las resultantes del tratamiento de
las Planta Orgánico Funcionales actualizadas al 11 de agosto de 2017.
Las vacantes producidas por
consecuencia del MAD, se tendrá en cuenta al solo efecto de ampliar la
oferta pero no modifican el cupo.
En caso de existir una única
vacante en el Distrito, esta solo podrá ser utilizada exclusivamente para
traslado dentro del mismo, en igual cargo, en igual Nivel y/o Modalidad.
utilizar para traslado interno
*Requisitos para solicitar traslados son los establecidos por el artículo
80 del Estatuto Docente
a) Ser titular.
b) Reviste en situación de servicio activo al momento de solicitarlo. Ósea que NO se encuentre en uso de
licencia por causas particulares o en disponibilidad sin goce de sueldo
o se encuentre suspendido por
sanción recaída en sumario administrativo o proceso judicial.
c) Haya merecido una
calificación no menor a ocho (8) puntos en los dos (2) últimos años, en los
que hubiera sido calificado.
e) Haya transcurrido,
para los docentes con tareas pasivas, un período no menor de un (1) año,
desde su reintegro a la función de la que fueran relevados.
Haber transcurrido dos (2) movimientos después del último
traslado o tres (3) años desde su
nombramiento, salvo en este último caso, surgiera con posterioridad al mismo, alguna
causa de unidad familiar o salud, debidamente certificada
ACRECENTAMIENTO
ARTICULO 69°: El personal docente que
reviste en horas-cátedra podrá solicitar acrecentamiento en el área de
incumbencia de título en la que realizó ingreso como titular siempre que:
a) Reviste en servicio
activo total o parcialmente en las horas-cátedra sobre cuya base solicita
acrecentamiento.
b) Hubiera merecido una
calificación promedio no inferior a seis (6) puntos en cada uno de los dos
(2) últimos años.
c) No reviste como
titular en el número máximo de horas-cátedra previsto en el artículo 28°.
d) Cumpla con los
requisitos de títulos y capacidad psico-física exigidos para el ingreso en la
docencia.
e) Hubieran transcurrido
dos (2) movimientos, después del último acrecentamiento otorgado.
ARTICULO 70°: (Texto según Ley 10614) Las vacantes que correspondan cubrir
mediante acrecentamiento se distribuirán de acuerdo con los siguientes
porcentajes:
a) Sesenta (60) por ciento para los docentes con menos de doce (12)
horas-cátedra titulares.
b) Veinte (20) por ciento para los docentes con menos de dieciocho (18)
horas-cátedra titulares.
c) Veinte (20) por ciento para los docentes con dieciocho (18) o más
horas-cátedra titulares.
En caso de que los
porcentajes asignados a cada ítem excedan las necesidades, las vacantes se
distribuirán proporcionalmente entre los ítems restantes
|
Secretaria de ASUNTOS DOCENTE exhibirá las VACANTES EXISTENTES al 11 de agosto de 2017 de los
siguientes Niveles y Modalidades
|
. Queda a su
disposición la normativa y anexos en
soporte papel, en formato digital en
fotocopiadora de la zona de SAD
Por último, se
reitera solicitamos a los equipos de conducción, labrar acta con el contenido
total del presente Comunicado y a los docentes realizar la lectura
pormenorizada y a partir del 01-08-2017
realizar las consultas necesarias en horario de
9 a 15 en esta SEDE.
Claramente deseamos lograr apoderarlos y formarlos
para que estas acciones estatutarias se realicen dentro del marco normativo y
no lesionen los derechos de cada docente TITULAR .
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