SECRETARIA DE ASUNTOS DOCENTES DE
BRANDSEN 
COMUNICADO
N°   96/17    
Destinatario:
Equipos de Conducción, Docentes Titulares y Gremios 
SAD BRANDSEN solicita
proceder a la notificación fehaciente a los docentes TITULARES de su
establecimiento.
Acción Estatutaria
: Movimiento Anual Docente (MAD) 2017/2018
Marco Normativo: Disposición
N° 550/2010 de la Dirección de Tribunales de
Clasificación se determina la competencia de la Comisión Distrital de MAD, las
Secretarías de Asuntos Docentes, de los Tribunales de Clasificación Centrales y
Descentralizados para las acciones estatutarias de traslado por Movimiento
Anual Docente y Acrecentamiento.
Disposición 32/17 : Establece las pautas operativas
para  el Movimiento Anual Docente y
Acrecentamiento.
Anexo 1. Cronograma
| 
Fecha  | 
ACCIONES   | 
| 
31/07/2017
   
al  
9/08/2017 | 
Difusión
  e inscripción de solicitudes de MAD y Acrecentamiento  | 
| 
10/08/17  
al 
 16/08/17 | 
Marcado de razones, anulaciones,
  análisis de requisitos de los aspirantes por las Comisiones Distritales,
  Análisis de Documentación de Acrecentamiento. Clasificación de grupos  | 
| 
17/08/2017 
 al  
22/08/2017
   | 
Remisión a los Tribunales Descentralizado
  N° 1 de toda la documentación y los MAD de Personal jerárquicos al Nivel
  Central. | 
| 
Hasta 72 Hs antes del 23/08 | 
Remisión a los Tribunales de
  Clasificación Descentralizados de las renuncias a las solicitudes de MAD  | 
| 
23/08/2017 
 al 
 01/09/17 | 
Inicio de Tratamiento de MAD 1°
  Vuelta  (artículo 55 I de todos los
  incisos)  | 
| 
23/08/17  
Al 
 01/09/2017 | 
Inicio de Tratamiento de MAD- 
 1° Vuelta 
  cargos jerárquicos SAD, IE. SJ   | 
| 
04/09/17 
al 
15/09/17 | 
Tratamiento de 2° Vuelta (art. 55
  inciso I todos los incisos)  | 
| 
04/09/17  
al  
15/09/17 | 
Tratamiento de MAD 2° Vuelta  cargos jerárquicos SAD, IE. SJ   | 
| 
18/09/17  | 
Remisión del resultado del tratamiento
  de MAD (Art. 55 I todos los incisos) a las Secretarias de Asuntos Docentes (incluido
  el Nivel Superior ) | 
| 
18/09/17 | 
Remisión del resultado del tratamiento
  de MAD (Art. 55 I todos los incisos) a las Secretarias de Asuntos | 
| 
18/09/17
   
al  
29/09/17 | 
Exhibición de Listados y Notificación
  del resultado del tratamiento del MAD –efectuado en los Tribunales Descentralizados
  y en el Nivel Central-  
Recepción
  de reclamos | 
| 
02/10/2017
   | 
Remisión de reclamos de MAD a los TD y
  Tribunales de Clasificación del Nivel Central  | 
| 
02/10/2017 | 
Recepción de renuncias al MAD otorgado
  y remisión a los Tribunales de Clasificación Descentralizado y/o Tribunales
  de Clasificación del Nivel Central  | 
| 
03/10 
 al  
13/10/2017 | 
Tratamiento de reclamos en instancia de
  revocatoria y renuncias al MAD de lo actuados en los Tribunales
  Descentralizados  | 
| 
03/10  
al 
 13/10/2017 | 
Tratamiento de reclamos en instancia de
  revocatoria y renuncias al MAD de lo actuados en los Tribunales de
  clasificación del Nivel Central  | 
| 
16/10/17
   
al  
18/10/17 | 
Notificación de respuesta otorgada por
  los Tribunales de Clasificación descentralizados en instancia de revocatoria
  y resultado del tratamiento de renuncias al MAD  | 
| 
16/10/17
   
al  
18/10/17 | 
Notificación de respuesta otorgada por
  los Tribunales de Clasificación del 
  Nivel Central en instancia de revocatoria a los recursos  | 
| 
19/10/17
   
al  
24/10/2017 | 
Remisión de reclamos de MAD y de
  renuncias para resolver en instancia jerárquica por el Tribunal  de Clasificación del Nivel Central  | 
| 
25/10  
al  
31/10 | 
Tratamiento de recursos en el Tribunal
  de Clasificación del Nivel Central en instancia jerárquica | 
| 
A partir
  del 1/11  | 
Notificación de respuesta de reclamos
  en instancia jerárquica de MAD y renuncias. | 
| 
1/11  
al  
10/11  | 
ACRECENTAMIENTO (Tratamiento) | 
| 
13/11/17 | 
Remisión del resultado del
  Acrecentamiento a las Secretarias de Asuntos Docentes para notificación  | 
| 
14/11  
al  
21/11 | 
Notificación del resultado del
  acrecentamiento .recepción de reclamos y renuncias al acrecentamiento.
  Remisión de lo actuados a los Tribunales de Clasificación descentralizado  | 
| 
A partir
  del 22/11  | 
Tratamiento de reclamos y renuncias al
  acrecentamiento  | 
| 
23/11  
al  
07/12  | 
Notificación de respuesta a reclamos de
  acrecentamiento y resultado de tratamiento de las renuncias  | 
| 
A partir
  11/12 | 
Respuesta en instancia jerárquica a
  reclamos de acrecentamiento  | 
Anexo 2: Exclusiones que no podrán utilizarse para el MAD
2017/2018
Anexo 3: Pautas ampliatorias de la Disposiciones N° 550/10 
Formularios que
deberán presentar los establecimientos por triplicado en esta Sede ;:
el  9 -08- 2017 
Nivel Inicial :Primaria . Adultos- Especial – Psicología –
Educación Física – Educación Artística 
10-08-2017. Nivel
Secundario  -Técnico Profesional –
Secundaria Adultos
*Labrar ACTA con el presente Comunicado (enviar una copia)
*Planilla Resumen de MAD 
separado por Niveles y Modalidades.(por triplicado)
*Solicitudes de los docentes cada una en un folio y
separadas por Nivel y/o Modalidad Todo en un sobre   
*Resumen de ACRECENTAMIENTO 
(por triplicado)
*Solicitudes de acrecentamiento separadas por Nivel y/o
Modalidad 
Formulario para el
docente que se presentara en periodo de inscripción, según cargos, módulos y/o
Hs cátedras, cargos jerárquicos  que
desee trasladar 
| 
Anexo 4- Solicitud de MAD. -CARGOS
   
Anexo 5- Solicitud de MAD. –Hs/cátedras y/o Módulos 
Anexo 6- Reincorporaciones. 
Anexo 7- Solicitud de Promoción a
  cargos Jerárquicos -  Inspectores 
Anexo 8- Solicitud de Promoción a
  cargos Jerárquicos – Directores y Secretarios. 
Anexo 9. Solicitud de
  ACRECENTAMIENTO. 
Planilla de uso exclusivo para
  docentes que soliciten MAD 2017-2018 y AH en el mismo Año.    
Consideraciones generales: 
*Las Planillas de solicitud
  revisten carácter de DECLARACION JURADA. 
 En consecuencia no se aceptaran  modificaciones al pedido original. 
En cada planilla el docente deberá
  consignar si solicita CON RAZONES o  SIN
  RAZONES,   adjuntar  Nota firmada  y probanzas para su correcto análisis y habilitar
  su admisibilidad. 
El docente tendrá la
  responsabilidad y obligación de cumplimentar en dicha planilla los datos que
  se requieran.  
DEL DESTINO DE LAS VACANTES 
ARTICULO 55°: (Texto según Ley 10614) A los efectos del movimiento docente las
  vacantes se distribuirán de acuerdo con los porcentajes y orden preferencial
  que a continuación se indican: 
I.- Vacantes en cargos de
  base y horas-cátedra. 
El cincuenta (50) por
  ciento se destinará para: 
a) Traslados por razones
  de unidad familiar y de salud dentro del Distrito. 
b) Traslados para
  concentración de tareas dentro del Distrito. 
c)
  Traslados no comprendidos en los incisos a) y b) dentro del Distrito. 
d)
  Traslados provenientes de otros Distritos en orden fijado en a), b) y c). 
e)
  Cambios de cargos de base dentro de la rama u organismo, respetando la
  prioridad de los docentes del Distrito y el orden fijado en a), b) y c). 
f)
  Cambio de escalafón, respetando las prioridades fijadas anteriormente. 
g)
  Reincorporaciones. 
*Determinar que las vacantes
  afectadas al MAD y Acrecentamiento sobre las cuales se calculara el
  porcentaje fijado por la normativa, serán las resultantes del tratamiento de
  las Planta Orgánico Funcionales actualizadas al 11 de agosto de 2017. 
Las vacantes producidas por
  consecuencia del MAD, se tendrá en cuenta al solo efecto de ampliar la
  oferta pero no modifican el cupo. 
En caso de existir una única
  vacante en el Distrito, esta solo podrá ser utilizada exclusivamente para
  traslado dentro del mismo, en igual cargo, en igual Nivel y/o Modalidad.  
utilizar para traslado interno  
*Requisitos para solicitar traslados son los establecidos por el artículo
  80 del Estatuto Docente 
a) Ser titular.  
b) Reviste en situación de servicio activo al momento de solicitarlo. Ósea que NO se encuentre en uso de
  licencia por causas particulares o en disponibilidad sin goce de sueldo  
o se encuentre suspendido por
  sanción recaída en sumario administrativo o proceso judicial. 
c) Haya merecido una
  calificación no menor a ocho (8) puntos en los dos (2) últimos años, en los
  que hubiera sido calificado. 
e) Haya transcurrido,
  para los docentes con tareas pasivas, un período no menor de un (1) año,
  desde su reintegro a la función de la que fueran relevados. 
Haber transcurrido  dos (2) movimientos después del último
  traslado  o tres (3) años desde su
  nombramiento, salvo en este último caso,  surgiera con posterioridad al mismo, alguna
  causa de unidad familiar o salud, debidamente certificada 
ACRECENTAMIENTO 
ARTICULO 69°: El personal docente que
  reviste en horas-cátedra podrá solicitar acrecentamiento en el área de
  incumbencia de título en la que realizó ingreso como titular siempre que: 
a) Reviste en servicio
  activo total o parcialmente en las horas-cátedra sobre cuya base solicita
  acrecentamiento. 
b) Hubiera merecido una
  calificación promedio no inferior a seis (6) puntos en cada uno de los dos
  (2) últimos años. 
c) No reviste como
  titular en el número máximo de horas-cátedra previsto en el artículo 28°. 
d) Cumpla con los
  requisitos de títulos y capacidad psico-física exigidos para el ingreso en la
  docencia. 
e) Hubieran transcurrido
  dos (2) movimientos, después del último acrecentamiento otorgado. 
ARTICULO 70°: (Texto según Ley 10614) Las vacantes que correspondan cubrir
  mediante acrecentamiento se distribuirán de acuerdo con los siguientes
  porcentajes: 
a) Sesenta (60) por ciento para los docentes con menos de doce (12)
  horas-cátedra titulares. 
b) Veinte (20) por ciento para los docentes con menos de dieciocho (18)
  horas-cátedra titulares. 
c) Veinte (20) por ciento para los docentes con dieciocho (18) o más
  horas-cátedra titulares. 
En caso de que los
  porcentajes asignados a cada ítem excedan las necesidades, las vacantes se
  distribuirán proporcionalmente entre los ítems restantes | 
| 
 Secretaria de ASUNTOS DOCENTE  exhibirá las VACANTES  EXISTENTES al 11 de agosto de 2017 de los
  siguientes Niveles y Modalidades  | 
. Queda a su
disposición la normativa y anexos  en
soporte papel, en formato digital  en
fotocopiadora de la zona de SAD 
Por último, se
reitera solicitamos a los equipos de conducción, labrar acta con el contenido
total del presente Comunicado y a los docentes realizar la lectura
pormenorizada  y a partir del 01-08-2017
realizar las consultas necesarias en horario de 
9 a 15 en esta SEDE.
Claramente deseamos lograr apoderarlos y formarlos
para que estas acciones estatutarias se realicen dentro del marco normativo y
no lesionen los derechos de cada docente TITULAR .
 
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