miércoles, 12 de diciembre de 2018

Atención Interesados en el Programa Escuela de Verano,


                                              COMUNICADO Nº     205   /18


Fecha

12/12/2018

Nivel/Modalidad

Todos los Niveles y Modalidades

Emite:

Secretaria de Asuntos Docentes de BRANDSEN

Destino:

Equipo de conducción y docentes - Gremios

Objeto:
Programa Escuelas Abierta en Verano 2018/19

ARTICULO 1º. Establecer la continuidad del Servicio Alimentario Escolar durante el Receso Escolar de Verano, en las Escuelas Públicas de Gestión Estatal de la provincia de Buenos Aires, desde el primer día hábil siguiente a la finalización del ciclo lectivo de 2018 hasta el último día hábil anterior al inicio de ciclo lectivo 2019.
ARTÍCULO 2º. Aprobar el Programa Escuelas Abiertas en Verano, que se implementará en el período comprendido entre el 02 de enero hasta el 01 de febrero de 2019.
ARTICULO 3º. Determinar que el Servicio Alimentario Escolar, en el marco de acciones interministeriales, será responsabilidad compartida entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección Provincial de Consejos Escolares, de acuerdo a las competencias de dichos organismos.
ARTÍCULO 4º. Articular, con el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, acciones conjuntas tendientes a la prevención, promoción y control de la salud.
 ARTÍCULO 5º. Implementar actividades con el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, que promuevan la concientización de niños/as, adolescentes y jóvenes sobre la problemática ambiental.
ARTÍCULO 6º. Determinar para el cumplimiento de los fines previstos en la presente Resolución, la conformación en el Nivel Central de la Unidad Educativa de Gestión Provincial, integrada por referentes de los organismos Ministeriales participantes y de la Dirección General de Cultura y Educación.
 ARTÍCULO 7º. Determinar que la Dirección General de Cultura y Educación, integrará la Unidad Educativa de Gestión Provincial con referentes de la Subsecretaría de Educación y de la Dirección Provincial de Consejos Escolares.
ARTÍCULO 8º. Encomendar la Coordinación operativa del Programa “Escuelas Abiertas en Verano” a la Dirección de Educación Física y Educación Artística las acciones inherentes al cumplimiento de la presente de acuerdo a sus competencias.
ARTÍCULO 9°. Determinar que el Proyecto Distrital será presentado por el Inspector Jefe Distrital, para consideración y aprobación del Inspector Jefe Regional, que elevará la nómina de Sedes con los datos requeridos por la Unidad Educativa de Gestión Provincial, para su autorización.
ARTÍCULO 10°. Establecer que la Unidad Educativa de Gestión Distrital será responsable de las sedes donde se implementará el programa con prioridad en las instituciones dependientes de las Modalidades Educación Física y Educación Artística, la planificación, organización e implementación del Proyecto Distrital basado en una fuerte impronta en las modalidades antes mencionadas.

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