Número: DISPOSICION -2022- 109
Referencia: EX-2022-22530786-GDEBA-SDCADDGCYE, Procedimiento Difícil Cobertura en el Nivel Secundario
ARTÍCULO 1°: Determinar que agotados los Listados de Emergencia se procederá al mecanismo de Difícil Cobertura, de aplicación en establecimientos de Educación Secundaria.
ARTÍCULO 2°: Aprobar las Pautas para la Implementación del Procedimiento de Difícil Cobertura en el Nivel Secundario incluidas en el Anexo I, que como IF-2022-23350060-GDEBA-DGCESDGCYE forma parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3°: Aprobar el Modelo de Convocatoria para el Procedimiento de Difícil Cobertura en el Nivel Secundario que obra en el Anexo II, que como IF-2022-23350051-GDEBA-DGCESDGCYE forma parte de la presente.
ARTÍCULO 4°: Aprobar los Criterios para la presentación de Propuestas Pedagógicas para el Procedimiento de Difícil Cobertura en el Nivel Secundario establecidos en el Anexo III, que como IF-2022-23350044- GDEBA-DGCESDGCYE forma parte de la presente Disposición.
ARTÍCULO 5°: Aprobar los Criterios de Evaluación para el Procedimiento de Difícil Cobertura en el Nivel Secundario establecidos en el Anexo IV, que como IF-2022-23350040-GDEBA-DGCESDGCYE forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 6°: Aprobar la Planilla de Orden de Mérito Final para el Procedimiento de Difícil Cobertura en el Nivel Secundario que obra en Anexo V, que como IF-2022-23350036-GDEBA-DGCESDGCYE forma parte de la presente Disposición.
ANEXO I: Pautas para la Implementación del Procedimiento de Difícil Cobertura en el Nivel
Secundario
1) De la Convocatoria
a. La Secretaría de Asuntos Docentes informará a el/la Inspector/a de Enseñanza de Nivel Secundario
cuando un espacio no hubiese podido ser cubierto luego de tres llamados consecutivos.
b. El/la Inspector/a de Enseñanza de Nivel Secundario constatará con la Secretaría de Asuntos
Docentes, que no existe listado oficial correspondiente a la asignatura a cubrir, o que existiendo, el
espacio ha quedado sin cubrir pasados 3 llamados o el llamado a Listado de Emergencia en los casos
que corresponde.
d. El/la Inspector/a de Enseñanza de Nivel Secundario remitirá la convocatoria a la Secretaría de
Asuntos Docentes, según modelo que obra en el Anexo II.
e. El/la Inspector/a determinará la conformación de la Comisión Evaluadora, integrada por un/a
inspector/a de Educación Secundaria, un/a Director/a del nivel, y un/a docente de la misma disciplina o disciplina afín.
En la convocatoria, de la que deberán ser notificados todos/as los/as aspirantes, deberá obrar
cronograma, conteniendo fecha y lugar de la entrevista.
f. El cronograma contemplará:
● Difusión: 3 días hábiles
● Convocatoria: 3 días hábiles
● Inscripción y presentación de Currículum y Propuestas Pedagógicas: 3 días hábiles
● Remisión de las Inscripciones al Comisión Evaluadora por parte de la SAD: 2 días hábiles
g. La Secretaría de Asuntos Docentes será la encargada de realizar el procedimiento de convocatoria,
según las pautas aprobadas en la presente disposición y notificando a los/as aspirantes de la presente
al momento de la inscripción.
2) De la inscripción
a. Al momento de la inscripción el/la aspirante deberá presentar en Secretaría de Asuntos Docentes,
una carpeta con curriculum vitae y la documentación respaldatoria foliada y autenticada debidamente,
incluida fotocopia del documento (1a y 2a página y cambio de domicilio) y copia del Título Secundario
(condición indispensable para la inscripción).
b. Serán considerados ANTECEDENTES VALORABLES los que se encuentran consignados en la
ficha correspondiente de evaluación obrante en el Anexo IV de la presente disposición. Para
acreditarlos deberá presentar documentación y constancias en fotocopias autenticadas por una
autoridad educativa, con original a la vista.
c. Conjuntamente el/la aspirante deberá presentar una Propuesta Pedagógica conforme a los criterios
establecidos en el Anexo III de la presente disposición, enmarcada en el Diseño Curricular de la
materia para la que se postula, encuadrado además en el Proyecto Institucional en caso de realizarse
la Difícil Cobertura para el ingreso a una institución puntual.
d. Las propuestas deberán ser remitidas por la Secretaría de Asuntos Docentes a la Comisión
Evaluadora, con 4 días hábiles de antelación al de la fecha fijada para la entrevista.
e. Dicha propuesta se valorará de la manera que se indica en el Anexo IV de la presente disposición.
f. La Secretaría de Asuntos Docentes, recibirá las inscripciones según el cronograma establecido,
constatará que el/la aspirante presente curriculum, propuesta pedagógica y constancias de
antecedentes debidamente autenticados, y remitirá el material recibido a el/la inspector/a que actúe
como presidente de la Comisión Evaluadora.
3) De la evaluación
a. El/la inspector/a, presidente de la Comisión Evaluadora, convocará a los/as restantes miembros de
la Comisión para la lectura, análisis y evaluación de proyectos y antecedentes.
b. Los/as aspirantes cuyos proyectos sean desestimados o cuyos antecedentes resulten insuficientes
serán notificados por la Comisión con 48 horas de antelación a la entrevista. En ambos casos la
calificación obtenida y registrada en el Anexo IV será menor a 5.
c. El/la inspector/a que realizó la convocatoria, cursará invitación a los gremios, requiriéndoles un
representante para que actúe como veedor en la entrevista.
d. La entrevista deberá ser grabada en su totalidad por medios que garanticen seguridad en la
grabación y se labrará acta. El/la aspirante deberá realizar una defensa de su propuesta pedagógica,
ampliando, profundizando y clarificando los fundamentos de la misma según considere la Comisión
Evaluadora.
e. La Comisión Evaluadora completará el Anexo IV. El/la aspirante que obtenga un puntaje menor a 5
en la entrevista, quedará desaprobado/a.
f. Finalizadas las entrevistas, la Comisión Evaluadora realizará un promedio entre las calificaciones de
los antecedentes, de la propuesta pedagógica y de la entrevista. Resultarán aprobados/as quienes
obtengan un promedio de 7 o mayor a 7.
g. En caso de igualdad se tendrá en cuenta como prioridad:
I. Validez de un título relacionado con la especialidad a la que se aspira
II. Mayor antigüedad en el nivel.
III. Mayor antigüedad en la docencia.
h. Finalizadas las entrevistas, la Comisión Evaluadora, notificará a los/as aspirantes la calificación
obtenida y confeccionará el orden de mérito (Anexo V), que servirá como listado anual (año
calendario) y que convalidará el Tribunal Descentralizado. Cumplido, se girará a la Secretaría de
Asuntos Docentes para su designación en Acto Público.