sábado, 17 de octubre de 2020

MAD 20/21 SADBrandsen comunica a EQUIPOS DE CONDUCCION -DOCENTES - GREMIOS de BRANDSEN

 

MARCO NORMATIVO    

MAD / ACRECENTAMIENTO.

SAD Transcribe  parte de la disposición  DISPO -2020 – 17 – de fecha 15-10-2020

👉Disposición 2020-17    DI-2020-22484825-GDEBA-DTCDGCYE

Ref. Marco general de MAD-ACRECENTAMIENTO.

“ARTÍCULO 1°. Derogar la DI-2018-36-GDEBA-DTCDGCYE, emanada de esta Dirección de Tribunales de Clasificación.

 ARTÍCULO 2°. Aprobar los Anexos 1 -IF-2020-22477235-GDEBA-DTCDGCYE; 2 - IF-2020-22480819-GDEBA-DTCDGCYE; 3- IF-2020-22450045-GDEBA-DTCDGCYE ; 4 - IF-2020-22450256-GDEBA-DTCDGCYE y 5 - IF-2020-22450446-GDEBA-DTCDGCYE referidos a las

“Pautas Generales para el Movimiento Anual Docente-Acrecentamiento”,

“Acrecentamiento”,

“Reincorporaciones y

“Descensos “

“Promoción a Cargos Jerárquicos”,

”Pautas para la efectivización del Movimiento Anual Docente y el Acrecentamiento”, “Resolución de Recursos Interpuestos en Sede Administrativa –Competencia”, respectivamente y forman parte de la presente -Destacar  artículos de  Disposición  200.

 ARTÍCULO 3°. Establecer la conformación de las Comisiones Distritales de MAD y Acrecentamiento, las que estarán integradas por: Secretaria//o de Asuntos Docentes, quien la presidirá, Secretaria/o titular del nivel o modalidad, de mayor puntaje del distrito, o quien le suceda en orden de mérito en caso de no aceptación y Representantes de los gremios con personería gremial. Dichas Comisiones finalizarán su tarea una vez culminado el tratamiento respectivo en los Tribunales Descentralizados, conforme la RESOC-2020-2008-GDEBA-DGCYE.

 

ARTÍCULO 4°. Determinar que esta Dirección establecerá anualmente, por medio de una Disposición, el cronograma de acciones para Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento y toda otra pauta de carácter excepcional o transitorio que amerite su regulación.

 

ARTÍCULO 5°. Establecer que las vacantes a incluir en cada Movimiento Anual Docente serán las resultantes del tratamiento de POF y aquellas que se produzcan por promociones de Concursos de Títulos, Antecedentes y Oposición; por Disposición de esta Dirección, anualmente se acordará la fecha límite para

determinar las vacantes que ingresen a dichas acciones estatutarias.

 

 

Número: Referencia: COMUNICACIÓN CONJUNTA Nº 06/2020 TRATAMIENTO VIRTUAL DE MAD 2020-2021

  👉Comunicación Conjunta 6/2020  NO-2020-22506068

Definir los procedimientos que garanticen las acciones inherentes a su realización, en el marco de las medidas tomadas por el PEN y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, de aislamiento social preventivo y obligatorio.

1.     PLANILLAS DE SOLICITUD – CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN Docentes

2.      Las y los docentes de la provincia de Buenos Aires tendrán acceso a las Planillas de solicitud de MAD enel portal ABC, en Dirección de Tribunales de Clasificación y al aplicativo de inscripción en el  SERVADO.

www.abc.gob.ar/secretarias/niveles/tribunal_de_clasificacion

 

Si la solicitud de traslado es sobre CARGO/S, se completará el anexo 4;

si es sobre HORAS/MÓDULOS, corresponde el anexo 5;

si es una solicitud de REINCORPORACIÓN el anexo 6;

si es PROMOCIÓN ACARGOS JERÁRQUICOS INSPECTOR/A anexo 7;

PROMOCIÓN A CARGOS JERÁRQUICOS

DIRECTOR/A SECRETARIO/A anexo 8.

Período de Difusión: Durante el período de difusión cada docente solicitante podrá cumplimentar el formulario (Anexo correspondiente al tipo de solicitud).

Se deberá completar utilizando un procesador de texto , dado que la legibilidad de los datos consignados, es de exclusiva responsabilidad del solicitante , guardar el archivo e imprimir para luego consignar la firma ológrafa (de puño y letra) , escanear y guardar como archivo jpg o pdf.

 

Realizado esto, pasar a la segunda etapa:

Inscripción. Período de Inscripción:

En el aplicativo de inscripción del portal ABC, SERVADO, el /la docente deberá acceder con usuario y contraseña, cumplimentar los campos de datos solicitados, subir los archivos correspondientes (presionar botón subir archivos): formulario y documentación que deba aportar en los formatos jpg o pdf, finalizar la inscripción para generar el comprobante de solicitud, presionando el botón imprimir comprobante.

 

Tener en cuenta que una vez finalizada la inscripción no podrán modificarse los datos ingresados ni reemplazar los archivos que se adjuntaron.

La información aportada tendrá carácter de DECLARACIÓN JURADA.

Si la solicitud de MAD se realiza en el marco del art 89 inc V de la Ley Nº 10.579 y DR.

Razones de Unidad Familiar, Razones de Salud, Razones de Concentración de Tareas, es condición sin e qua non, adjuntar las probanzas que la normativa prescribe DISPO2020-18 GDEBA-DTCDGCYE, de lo contrario el movimiento será tratado sin razones.

 

Renuncias a la solicitud de MAD

Cuando el /la docente, habiendo realizado la inscripción de MAD, decida renunciar a dicha solicitud, deberá remitir por correo electrónico y consignar en el ASUNTO/ MAD 2020/2021 RENUNCIA, a la SAD (identificar distrito) una nota con firma y escaneada a fin de que la Comisión tome conocimiento.

 

 El correo será dirigido a la casilla de mail específico de cada Secretaria de Asuntos Docentes destinado para MAD 2020/2021 de cada distrito.

EJ: mad2020sadN° distrito@abc.gob.ar

 

 

COMISIÓN DISTRITAL Las solicitudes serán analizadas y la documentación será clasificada en el seno de la Comisión Distrital.

a. La Secretaría de Asuntos Docentes será la encargada de la conformación de la Comisión Distrital que estará integrada por el /la Secretario/a de Asuntos Docentes, quien la presidirá, secretaria/o titular del Nivel o modalidad, de mayor puntaje del distrito, o quien le suceda en orden de mérito en caso de no

          aceptación y Representantes de los gremios con personería                              gremial.

          También la SAD será responsable del inicio del tratamiento virtual.

 

 


👉DISPOSICION 18/2020   

DI-2020-22499814-GDEBA-SSEDGCYE

Refiere:   MAD/ ACRECENTAMIENTO  2020-2021-

Establece la aplicación de la Disposición 2020-17.

Aprueba: anexos

 

1: cronograma de acciones

2: Exclusiones

3: Pautas específicas de cada Nivel y/o Modalidad

4: solicitud  de MAD  de cargos.

5: solicitud de MAD de cargos y módulos.

6: solicitud de asignación de destino definitivo por MAD para docentes reincorporados transitoriamente.

7: solicitud  promoción cargo: Inspector.

8: solicitud promoción cargos: directivo- secretario.

9: solicitud de ACRECENTAMIENTO.

 

Artículo 12: VACANTES A UTILIZAR.

 

Posteriores al Tratamiento de POF/POFA ACTUALIZADAS AL 31/07/2020.

👉IF-2020-22239654-GDEBA-SSEDGCYE

La solicitud del Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento 2020 se realizará mediante un aplicativo que se visualizará en el Espacio Web SERVADO “MAD-CARGOS DE BASE/HS.CAT./MOD.2020-2021” del portalwww.abc.gob.ar entre el día 16 de octubre de 2020 y el día 26 de octubre de 2020.

En el período consignado en el párrafo precedente el docente deberá ingresar con su usuario de ABC –servicio que valida su identidad - al espacio web SERVADO “MAD-CARGOS DE BASE/HS.CAT./MOD.2020-2021” y realizar la solicitud del Movimiento Anual Docente y/o Acrecentamiento.

 

SOLICITUD Y RENUNCIA DE MOVIMIENTO ANUAL DOCENTE Y ACRECENTAMIENTO

 

El docente deberá completar a través del espacio “MAD-CARGOS DE BASE/HS.CAT./MOD.2020-2021

” toda la información requerida y adjuntar la documentación necesaria para perfeccionar su solicitud.

El docente que acceda a solicitar el Movimiento Anual Docente y/o Acrecentamiento, podrá hacer uso de su derecho a renunciar al mismo en caso de considerarlo en las instancias previstas.

 

Toda renuncia, deberá ser remitida al correo electrónico ABC específico para tramitarla, identidificado como:

“mad2020+sadcódigodistrito+numerosad” por   ejemplo:mad2020sad014@abc.gob.ar

 

El docente deberá remitir allí el motivo de su renuncia y adjuntar -digitalizadas- las probanzas que respalden su petición.

 

DIFUSION

La Administración difundirá ampliamente, por todos los medios disponibles, el período para solicitar y para poder renunciar el MAD 2020. Los equipos directivos de los establecimientos educativos deberán remitir la presente normativa a todos los docentes del establecimiento educativo a su cargo.

 

 

 

Resolución 2020 – 2008-GDEBA-DGCYE

 👉ResC 2008/20

RSC-2020-22452912-GDEBA-DGCYE

ARTICULO 1°: Aprobar el procedimiento para las solicitudes del Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento –artículo 87 inciso k, del Estatuto del Docente.

 Acrecentamiento 2020, a través del Espacio Web SERVADO “MAD-CARGOS DEBASE/HS.CAT./MOD.2020-2021” del Portal www.abc.gob.ar, dentro en los términos establecidos en el ANEXO UNICO que como IF-2020-22239654-SSEDGCYE que forma parte de la presente.

 ARTÍCULO 2°. Establecer que el mecanismo que se aprueba en el Artículo 1°, tendrá vigencia mientras dure la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto Nº 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y sus modificatorios y complementarios.

ARTICULO 3º. Establecer  Integrantes de las Comisiones Distritales de MAD/ACRECENTAMIENTO 2020/2021.

 

 

 


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