miércoles, 9 de septiembre de 2020

Puntaje Anual Docente 2020


 

Aclaración:  10-09-2020:  los docentes para acceder a los documentos compartidos deben realizarlo con los correos abc.gob.ar 

SADBRANDSEN  


Un mail OFICIAL para enviar adjunta documentación para PAD 2020 RECURRIDO

pad2020sad14@abc.gob.ar

No se aceptará documentación que ingrese por otra vía.

En la página del abc, hay un video explicativo y adjunto  el instructivo correspondiente.

No olvidar ingresar con usuario y contraseña para esta acción de consulta y reclamo.de PAD 2020

 El Puntaje Anual Docente 2020 se visualizará en el Espacio Web SERVADO PAD, en el período que va desde el día 8 de septiembre de 2020 hasta el día 22 de septiembre de 2020.

 En el período consignado en el párrafo precedente el docente deberá 

ingresar con su usuario de ABC –
servicio que valida su identidad – al espacio web SERVADO PAD, teniéndoselo en esta instancia por
notificado del Puntaje Anual Docente 2020.

 

Esta actividad es obligatoria para todos los docentes de la gestión estatal del sistema educativo de la provincia.
El docente que acceda a visualizar su Puntaje Anual Docente (PAD) 2020, podrá hacer uso de su derecho a recurrir dicho puntaje, en el caso que no lo consienta. Para ello, desde el mismo Espacio Web, podrá realizarlo mediante un botón denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando dicho puntaje identificado como RECURRIDO en el SERVADO PAD.

Complementariamente, todo recurso que desee realizar un docente, deberá ser remitido al correo electrónico ABC específico para tramitar los recursos por el PAD 2020 de la Secretaría de Asuntos Docentes (SAD) del Distrito que corresponda, 


 El docente deberá remitir allí el motivo de su disconformidad y adjuntar -digitalizadas- las probanzas que  respalden su petición, a fin que sea considerado, conforme lo establece el artículo 52° del Decreto 2485/92 modificado por su similar 441/95.

(Los bonificantes que se incluirán en dicha instancia recursiva se obtendrán de parte de la SAD únicamente de la página del abc por ingreso a la docencia)
Este procedimiento será considerado por la Administración, como la formal interposición de un recurso
contra su PAD 2020.
La resolución del recurso, será válidamente notificada al docente mediante el envío a su casilla de correoelectrónico de la plataforma ABC. Asimismo se publicará con la rectificación del PAD que eventualmente correspondiere, en el Espacio Web SERVADO PAD.
Transcurrido el período indicado en el primer párrafo, sin que el docente hubiere planteado su
disconformidad, de acuerdo a lo expresado en los párrafos anteriores, el PAD 2020 se tendrá por firme yconsentido.
La Administración difundirá ampliamente, por todos los medios disponibles, el período para notificarse y para poder impugnar el PAD 2020, en caso de disconformidad con su resultado. Los equipos directivos de los establecimientos educativos deberán remitir la presente normativa a todos los docentes delestablecimiento educativo a su cargo.

 


👉PAD20 Resolución 1520 -20201 Anexo

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