COMUNICADO
Nº 205 /18
Fecha
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12/12/2018
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Nivel/Modalidad
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Todos los Niveles y
Modalidades
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Emite:
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Secretaria de Asuntos
Docentes de BRANDSEN
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Destino:
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Equipo de conducción y
docentes - Gremios
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Objeto:
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Programa Escuelas Abierta en Verano
2018/19
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ARTICULO 1º. Establecer la
continuidad del Servicio Alimentario Escolar durante el Receso Escolar de Verano,
en las Escuelas Públicas de Gestión Estatal de la provincia de Buenos Aires,
desde el primer día hábil siguiente a la finalización del ciclo lectivo de 2018
hasta el último día hábil anterior al inicio de ciclo lectivo 2019.
ARTÍCULO 2º. Aprobar el Programa
Escuelas Abiertas en Verano, que se implementará en el período comprendido
entre el 02 de enero hasta el 01 de febrero de 2019.
ARTICULO 3º. Determinar que el
Servicio Alimentario Escolar, en el marco de acciones interministeriales, será
responsabilidad compartida entre el Ministerio de Desarrollo Social y la
Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, a
través de la Dirección Provincial de Consejos Escolares, de acuerdo a las
competencias de dichos organismos.
ARTÍCULO 4º. Articular, con el
Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, acciones conjuntas
tendientes a la prevención, promoción y control de la salud.
ARTÍCULO 5º. Implementar actividades con el
Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, que promuevan la
concientización de niños/as, adolescentes y jóvenes sobre la problemática
ambiental.
ARTÍCULO 6º. Determinar para el
cumplimiento de los fines previstos en la presente Resolución, la conformación
en el Nivel Central de la Unidad Educativa de Gestión Provincial, integrada por
referentes de los organismos Ministeriales participantes y de la Dirección
General de Cultura y Educación.
ARTÍCULO 7º. Determinar que la Dirección
General de Cultura y Educación, integrará la Unidad Educativa de Gestión
Provincial con referentes de la Subsecretaría de Educación y de la Dirección
Provincial de Consejos Escolares.
ARTÍCULO 8º. Encomendar la
Coordinación operativa del Programa “Escuelas Abiertas en Verano” a la
Dirección de Educación Física y Educación Artística las acciones inherentes al
cumplimiento de la presente de acuerdo a sus competencias.
ARTÍCULO 9°. Determinar que el
Proyecto Distrital será presentado por el Inspector Jefe Distrital, para
consideración y aprobación del Inspector Jefe Regional, que elevará la nómina
de Sedes con los datos requeridos por la Unidad Educativa de Gestión
Provincial, para su autorización.
ARTÍCULO 10°. Establecer que la
Unidad Educativa de Gestión Distrital será responsable de las sedes donde se
implementará el programa con prioridad en las instituciones dependientes de las
Modalidades Educación Física y Educación Artística, la planificación,
organización e implementación del Proyecto Distrital basado en una fuerte
impronta en las modalidades antes mencionadas.
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